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El empleo formal en la industria de la construcción cayó 8,4% en noviembre último


El volumen de ocupación sectorial acumuló una baja del 6,9% entre septiembre y noviembre, porcentaje que representa una pérdida de 28 mil puestos de trabajo. Según el informe de coyuntura del Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC), el empleo también disminuyó en la comparación con octubre de 2019: 2,6%.

El nivel de ocupación durante noviembre fue de 378.076 puestos de trabajo y configuró el registro más bajo de la serie histórica para ese mes, al quedar 1,5% por debajo del anterior mínimo, correspondiente a 2016. El IERIC detalló además que el plantel medio de las firmas constructoras siguió disminuyendo, desde el pico de 14,5 alcanzado en abril, ubicándose en noviembre en 13,3 puestos de trabajo por empresa.

La participación de las grandes empresas constructoras en la estructura del empleo sectorial continuó retrocediendo: las firmas con 500 o más obreros pasaron de emplear al 12% de los trabajadores registrados del sector, al 9,6% en noviembre.

A nivel territorial, el escenario fue de una contracción generalizada del empleo: en noviembre, fueron 18 las jurisdicciones que vieron disminuir la cantidad de puestos de trabajo registrados en la construcción. La retracción más importante se verificó en el Gran Buenos Aires, jurisdicción que explicó un 25% de la reducción bruta de puestos de trabajo en el mes.

A nivel regional, las caídas de mayor intensidad fueron las observadas en las regiones Cuyo y Metropolitana.

En tanto, la media de las remuneraciones percibidas por los trabajadores registrados se ubicó en 36.114 pesos en noviembre de 2019, monto que representa una expansión del 61,3% interanual.

Por último, el IERIC puntualizó que en diciembre del año pasado se registraron 22.832 empleadores en actividad, un 1,5% por debajo del nivel de un año atrás. Así, la cantidad de empleadores resultó ser la más baja para un final de año desde 2010.

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El Gobierno convocó al Consejo del Salario en víspera de la movilización sindical

El Gobierno adelantó la reunión del Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil para este martes 29 de abril, con el objetivo de definir un nuevo piso salarial y los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo. Se espera que se discuta un aumento que permita recortar la pérdida contra la inflación, que acumuló una suba del 8,6% en los primeros tres meses del año.

La reunión virtual, que estaba prevista para las 12:30 horas, se adelantó para las 10 horas, y contará con la participación de representantes de los gremios, empresarios y el propio Estado. El objetivo es avanzar en la determinación del Salario Mínimo y de los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo.

El salario mínimo actual es de $296.832 para los trabajadores mensualizados y $1.484 por hora para los empleados jornalizados. En los primeros tres meses del año, el salario mínimo aumentó 3,53%, mientras que la variación de precios acumuló una suba del 8,6%.0

La actualización del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) tiene un impacto significativo en la economía, ya que actúa como parámetro para la fijación del sueldo mínimo, el piso de los haberes jubilatorios, el valor del seguro por desempleo, y el cálculo de las Asignaciones y del impuesto a las Ganancias.

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Sturzenegger prepara un ajuste masivo en el Estado con cierres y despidos

El ministro de Transformación y Desregulación del Estado, Federico Sturzenegger, anunció que en los próximos días se presentará el «Proyecto Digesto», una iniciativa que busca reducir drásticamente el tamaño del Estado a través de la eliminación de organismos y despidos masivos.

El plan, impulsado por el presidente Javier Milei, tiene como objetivo «desregular» y «simplificar» el Estado, eliminando leyes, resoluciones y decretos considerados obsoletos. Según Sturzenegger, la revisión de los aproximadamente 700 mil decretos existentes será manual en su mayoría, ya que solo 70 mil están digitalizados.

El ministro sostuvo que esta «limpieza» permitirá «liberar» empleados que actualmente desempeñan tareas administrativas consideradas innecesarias, especialmente en organismos descentralizados que, según su visión, «duplican funciones».

La medida tiene como objetivo ajustar el gasto público a través de despidos y eliminación de estructuras. Aunque Sturzenegger garantizó que algunas entidades como la ANMAT no serán disueltas, sí planteó la necesidad de reducir drásticamente los trámites y procedimientos internos. «La mitad de los trámites no se sabe para qué son», justificó, en un discurso que combina la crítica a la burocracia con la intención de recortar personal.

El «Proyecto Digesto» tiene como objetivo principal transformar el Estado argentino a través de la reducción de su tamaño y la eliminación de estructuras consideradas innecesarias. Sin embargo, la medida también plantea interrogantes sobre el impacto que tendrá en la calidad de los servicios públicos y en la estabilidad laboral de los empleados estatales.

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Retroceso en la protección laboral: la Corte Suprema prioriza al Estado sobre los trabajadores en quiebras

En un fallo que generó amplio rechazo en el ámbito sindical y político, la Corte Suprema resolvió que los créditos laborales ya no tendrán prioridad frente a los créditos fiscales en los procesos de quiebra, lo que implica un retroceso en la protección laboral.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, integrada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, resolvió que los créditos laborales ya no tendrán prioridad frente a los créditos fiscales en los procesos de quiebra. Esta decisión representa un cambio histórico de criterio que, según especialistas, vulnera derechos laborales fundamentales.

El caso que dio origen al fallo fue «Acevedo, Eva María c/ Manufactura Textil San Justo s/ quiebra». Hasta ahora, la jurisprudencia argentina reconocía que, en situaciones de insolvencia, los créditos de los trabajadores debían ser saldados antes que las deudas del empleador con el Estado, en línea con el Convenio 173 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Sin embargo, el máximo tribunal consideró que, debido a que el Poder Ejecutivo nunca ratificó formalmente el convenio —pese a su aprobación legislativa en 1993—, este no tiene vigencia efectiva en el país. La resolución de la Corte implica que a partir de ahora el Estado podrá cobrar antes que los trabajadores despedidos en un concurso o quiebra empresarial.

Reacciones:

  • Senador Mariano Recalde: «Es un fallo político, no técnico», denunció el senador Mariano Recalde, quien advirtió que se trata de «un retroceso inadmisible» en la protección de los derechos laborales.
  • Sector sindical: Desde el sindicalismo y sectores políticos ligados al trabajo expresaron su preocupación por el impacto de esta medida, que podría agravar la situación de vulnerabilidad de miles de trabajadores ante futuras quiebras empresariales.

La decisión de la Corte Suprema de Justicia implica un retroceso en la protección laboral y podría tener un impacto significativo en la situación de los trabajadores en Argentina. La prioridad de los créditos laborales sobre otros reclamos, incluidos los del Estado, es un principio fundamental del derecho laboral que busca proteger a los trabajadores en situaciones de insolvencia.

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