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La medida fue tomada por el Gobierno al actualizar el sistema laboral dispuesto en el marco de la pandemia de coronavirus.

Las y los agentes de las jurisdicciones, entidades y organismos de la administración pública nacional, empresas y sociedades del Estado o con participación estatal mayoritaria que tengan hijos a cargo de hasta 13 años inclusive «deberán realizar sus tareas de modo remoto» a partir de este martes, según lo dispuso el Gobierno al actualizar el sistema laboral dispuesto en el marco de la pandemia de coronavirus. Esos trabajadores que «cuenten con hijos o hijas, tutelados o tuteladas, o familiares menores a cargo de hasta trece (13) años de edad inclusive, deberán realizar sus tareas de modo remoto, excepto necesidades de servicio indicadas por la autoridad superior», se explicó en la resolución.

De esta manera, la secretaría de Gestión y Empleo Público, que depende de la Jefatura de Gabinete de Ministros, dispuso una actualización del artículo 4º de la Decisión Administrativa Nº 390/20, que se implementó el 16 de marzo de 2020, en la que se habilitaban las licencias para madres y padres del sector público con hijos en edad escolar.

La secretaria de Gestión y Empleo Público, Ana Castellani, indicó que «la licencia se otorgó al inicio de la pandemia porque entendimos que las madres y los padres tenían que acompañar a sus hijos en el proceso de escolarización y se hacía muy difícil compatibilizar ambas tareas en el hogar». En este sentido, explicó que, «ahora que hay receso escolar, entendemos que pueden realizar las tareas de manera remota», se informó.

Castellani planteó que «acompañar el seguimiento pedagógico de los chicos en las casas y, además, dar una carga de trabajo a los adultos, era muy difícil de sostener». Apuntó que «lo que hicimos, sabiendo que hay receso escolar, y mientras dure ese receso, es levantar la licencia y garantizarle a los padres de hijos de menos de 14 años que realicen sus tareas de manera remota».

En la resolución se explicó que «lo que se establece con esta nueva norma es que los que tengan menores a cargo de hasta 13 años de edad cumplan sus tareas preferentemente desde sus hogares, excepto en los casos que, por necesidades derivadas de la esencialidad del servicio que prestan, sean convocados de modo presencial por las autoridades superiores de la jurisdicción».

En esta nueva disposición «se establece que el límite de edad dispuesto (hasta 13 años inclusive) no será considerado en caso de agentes con hijos o hijas, tutelados o tuteladas a cargo que posean certificado de discapacidad oficial, para quienes continúa la prestación laboral preferente por trabajo remoto».

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El salario mínimo en caída libre: retrocede a niveles de 2001

El salario mínimo en Argentina sufrió un fuerte retroceso en el último año, con una caída real del 28% que lo ha llevado a niveles inferiores a los de 2001, según un informe del Instituto Interdisciplinario de Economía Política (IIEP) de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA.

Esta tendencia a la baja comenzó en diciembre de 2023 con una contracción del 15%, seguida de una caída del 17% en enero de 2024. Aunque hubo cierta estabilidad en los meses posteriores, la tendencia negativa se reanudó en junio y continuó hasta octubre.

Desde 2011, cuando el salario mínimo vital y móvil (SMVM) alcanzó su punto más alto, el salario mínimo acumula una pérdida real del 60%. A pesar de la caída en el poder adquisitivo, el empleo asalariado formal se mantuvo relativamente estable, con 10,1 millones de trabajadores registrados en los sectores público, privado y de casas particulares en agosto de 2024.

El análisis fue coordinado por Roxana Maurizio y Luis Beccaria, del Área de Empleo, Distribución e Instituciones Laborales (EDIL), quienes destacaron que esta crisis salarial y laboral, agravada por la inflación, impacta directamente en el consumo y refleja un deterioro estructural que afecta tanto a los ingresos de los trabajadores como a la dinámica del mercado laboral.

En cuanto al valor actual del salario mínimo, según la Resolución 13/2024, el salario mínimo vital y móvil es de $271.571,22 para octubre de 2024.

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«Nuevas reglas para los feriados puente: flexibilidad para las empresas, incertidumbre para los trabajadores»

El Poder Ejecutivo estableció tres días no laborables con fines turísticos, pero las empresas decidirán si dan el día libre a sus empleados.»

El gobierno de Javier Milei estableció que los días 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre serán considerados «días no laborables» en lugar de feriados. Esto significa que las empresas tendrán la libertad de decidir si darán el día libre a sus empleados o no.

En estos días, los trabajadores que presten servicio recibirán el salario simple, sin adicionales. Si el empleador considera la jornada como no laborable, pagará la remuneración habitual a todos sus empleados. Esto es diferente a los feriados, donde los empleadores están obligados a darles el día libre a sus trabajadores y abonar un pago doble a quienes trabajen ese día.

La ley 27.399 faculta al gobierno a fijar hasta tres días feriados o no laborables con fines turísticos. El objetivo es promover la actividad turística y crear fines de semana largos «extra-largos». Por ejemplo, en mayo de 2025, habrá un lapso de cuatro días no laborables entre el jueves 1° y el domingo 4.

¿Qué implica para los trabajadores?

  • Los empleadores tienen la facultad de decidir si dar el día libre o no a sus trabajadores.
  • Los trabajadores que presten servicio en estos días percibirán el salario simple, sin adicionales.
  • Si el empleador considera la jornada como no laborable, pagará la remuneración habitual a todos sus empleados.

Diferencia clave entre días no laborables y feriados

  • En los feriados, los empleadores están obligados a darles el día libre a sus trabajadores.
  • Los trabajadores que presten servicios durante un feriado tienen derecho a un pago doble.

feriados puente para 2025

  • Viernes 2 de mayo
  • Viernes 15 de agosto
  • Viernes 21 de noviembre

El cambio en los puentes turísticos para 2025 genera incertidumbre entre los trabajadores, ya que dependerá de cada empresa decidir si dará el día libre o no. Esto puede afectar los planes de viaje y descanso de muchos argentinos.


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Reforma Laboral: JxC avanza para limitar indemnizaciones y facilitar despidos

La Coalición Juntos por el Cambio (JxC) impulsa una reforma a la Ley de Contrato de Trabajo que busca limitar las actualizaciones de las indemnizaciones laborales por inflación. Este proyecto, apoyado por la Unión Cívica Radical (UCR), el PRO y la Coalición Cívica, responde a las demandas de las cámaras empresariales para frenar lo que denominan «la industria del juicio» ¹.

¿Qué implica la reforma?

La propuesta establece una fórmula que combina el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC con una tasa de interés anual del 3%. Esto significa que las indemnizaciones laborales no podrán superar los límites del IPC más el 3% anual. La reforma afectará tanto los juicios pendientes como los concluidos sin pago.

La Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados, presidida por Martín Tetaz, aprobó tres dictámenes sobre la reforma. Sin embargo, aún debe pasar por la Comisión de Finanzas, liderada por Bertie Benegas Lynch (La Libertad Avanza), antes de llegar al recinto.

Las cámaras empresarias celebran el avance, argumentando que la litigiosidad laboral es un obstáculo para el desarrollo de empleos de calidad. Sin embargo, los críticos advierten que esta limitación podría perjudicar a los trabajadores en un contexto de alta inflación. Las ART sugieren que un cambio estructural requiere la implementación de Cuerpos Médicos Forenses en todas las provincias.

¿Qué sigue?

El proyecto podría demorarse hasta 2025 si no se incluye en sesiones extraordinarias. Mientras tanto, la UART reporta un aumento del 7,6% en los juicios por riesgos del trabajo en los primeros diez meses de 2024, con 105.960 casos registrados.

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