Extienden el mandato de las autoridades de AOMA
El ministerio de Trabajo dispuso la prorroga del mandato hasta el 31 de agosto próximo
El secretariado nacional de la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA)- que encabeza Héctor Laplace- informó sobre la disposición del Ministerio de Trabajo de la Nación por el cual se extiende hasta el 31 de agosto próximo los mandatos de las autoridades sindicales. A tal fin, la AOMA difundió los alcances de las disposiciones establecidas por la autoridad competente para disponer la extensión de los mandatos de las actuales autoridades en el marco de la emergencia sanitaria por COVID 19.
En los considerandos de la norma se estableció que en el marco de la ampliación de la declaración de emergencia pública en materia sanitaria, el Ministerio de Trabajo “ha dictado sucesivas normas para resolver la problemática institucional de las organizaciones sindicales reguladas por la Ley Nº 23.551, procurando evitar mayores contagios y que se asuman conductas que podrían poner en peligro la salud de las personas, decisión justificada en el marco de la emergencia sanitaria y el contexto general de incertidumbre que tal situación produce para los órganos de representación sindical y la conformación de la voluntad colectiva”.
En este sentido, agregó que “la vigencia de la emergencia sanitaria y el desconocimiento sobre el momento en que la evolución de la pandemia permita dar por finalizada la emergencia referida, genera situaciones de incertidumbre que resultan contraproducentes a los fines del ejercicio de las representaciones correspondientes al ámbito de las asociaciones sindicales» y que «la referida emergencia sanitaria conlleva la posibilidad de un rebrote del virus COVID-19, como ya acontece en distintas regiones del mundo”.
Cabe resaltar que AOMA con anterioridad a la crisis sanitaria desatada por el coronavirus, había convocada a los congresos Ordinario y Extraordinario para abril de 2020, En el primero se analizaría las cuestiones inherentes a los balances institucionales, en cambio la otra convocatoria todo lo referido a las elecciones que determinarían las autoridades para el período 2020-2024, ambas reuniones no se realizaron y se ajustaron a las normativas emanadas desde el Ministerio de Trabajo que regula a las entidades sindicales.
Ante esta situación, la cartera laboral dispuso recientemente prorrogar el plazo establecido por la Resolución 1199/20 “hasta el 31 de Agosto de 2021″ y también amplió “la prórroga del plazo establecido en el artículo 2° de la Resolución citada por el plazo de 180 días, a partir del 31 de agosto de 2021”.
La norma exceptúa de la prórroga de mandatos a “aquellas asociaciones sindicales, federaciones y confederaciones que hubieran culminado su proceso eleccionario de renovación de autoridades con anterioridad al 16 de marzo de 2020”.
Asimismo, se estableció que “los actos institucionales emanados de los órganos directivos de las asociaciones sindicales, necesarios para el normal cumplimiento de la vida sindical, podrán materializarse de manera virtual, por cualquiera de las plataformas utilizables a tal efecto, debiendo los intervinientes suscribir los registros correspondientes una vez finalizada la situación de emergencia”.
Por último, AOMA, difundió que la misma Resolución instruye a la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales a “analizar y autorizar a petición de las entidades sindicales, la realización de las asambleas, congresos o actos que fueren factibles llevar a cabo, y a coordinar las acciones necesarias a fin de determinar los requisitos y cronogramas que reúnan las mejores condiciones sanitarias y de seguridad, en el marco de la pandemia de COVID-19 prestando especial atención a las razones de salud pública que motivan la presente, la situación de cada jurisdicción y el mantenimiento de la regularidad institucional, administrativa y contable de las entidades” termina señalando la decisión del gobierno.
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El salario mínimo en caída libre: retrocede a niveles de 2001
El salario mínimo en Argentina sufrió un fuerte retroceso en el último año, con una caída real del 28% que lo ha llevado a niveles inferiores a los de 2001, según un informe del Instituto Interdisciplinario de Economía Política (IIEP) de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA.
Esta tendencia a la baja comenzó en diciembre de 2023 con una contracción del 15%, seguida de una caída del 17% en enero de 2024. Aunque hubo cierta estabilidad en los meses posteriores, la tendencia negativa se reanudó en junio y continuó hasta octubre.
Desde 2011, cuando el salario mínimo vital y móvil (SMVM) alcanzó su punto más alto, el salario mínimo acumula una pérdida real del 60%. A pesar de la caída en el poder adquisitivo, el empleo asalariado formal se mantuvo relativamente estable, con 10,1 millones de trabajadores registrados en los sectores público, privado y de casas particulares en agosto de 2024.
El análisis fue coordinado por Roxana Maurizio y Luis Beccaria, del Área de Empleo, Distribución e Instituciones Laborales (EDIL), quienes destacaron que esta crisis salarial y laboral, agravada por la inflación, impacta directamente en el consumo y refleja un deterioro estructural que afecta tanto a los ingresos de los trabajadores como a la dinámica del mercado laboral.
En cuanto al valor actual del salario mínimo, según la Resolución 13/2024, el salario mínimo vital y móvil es de $271.571,22 para octubre de 2024.
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«Diálogo tripartito: un paso hacia la seguridad laboral»
La reunión del Comité Consultivo Permanente de la Ley de Riesgos del Trabajo, convocada por el secretario de Trabajo, Julio Cordero, marca punto importante en la búsqueda de soluciones para mejorar la seguridad laboral en Argentina.
En un contexto de creciente preocupación por la seguridad y la salud en el trabajo, la reunión contó con la presencia de dirigentes sindicales, representantes del sector empresarial y funcionarios del gobierno. El objetivo común: encontrar soluciones para reducir los riesgos laborales y mejorar la protección de los trabajadores.
La reunión se centró en la actualización y simplificación de los baremos y el listado de enfermedades profesionales, así como en la implementación de un proyecto más amplio propuesto por la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) y el anteproyecto de Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
La participación de la CGT en la reunión es especialmente significativa, considerando que la central sindical había anunciado su intención de avanzar en una medida de fuerza contra el gobierno de Javier Milei antes de fin de año. La reunión refleja la intención de las conducciones sindicales en consolidar espacios de diálogo tripartito de cara a los desafíos en material laboral.
«La seguridad laboral es un derecho fundamental que debe ser protegido y promovido por todos los actores involucrados. La reunión del Comité Consultivo Permanente es un paso importante hacia la construcción de un sistema de seguridad laboral más justo y efectivo», destacó un dirigente de la CGT.
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«Nuevas reglas para los feriados puente: flexibilidad para las empresas, incertidumbre para los trabajadores»
El Poder Ejecutivo estableció tres días no laborables con fines turísticos, pero las empresas decidirán si dan el día libre a sus empleados.»
El gobierno de Javier Milei estableció que los días 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre serán considerados «días no laborables» en lugar de feriados. Esto significa que las empresas tendrán la libertad de decidir si darán el día libre a sus empleados o no.
En estos días, los trabajadores que presten servicio recibirán el salario simple, sin adicionales. Si el empleador considera la jornada como no laborable, pagará la remuneración habitual a todos sus empleados. Esto es diferente a los feriados, donde los empleadores están obligados a darles el día libre a sus trabajadores y abonar un pago doble a quienes trabajen ese día.
La ley 27.399 faculta al gobierno a fijar hasta tres días feriados o no laborables con fines turísticos. El objetivo es promover la actividad turística y crear fines de semana largos «extra-largos». Por ejemplo, en mayo de 2025, habrá un lapso de cuatro días no laborables entre el jueves 1° y el domingo 4.
¿Qué implica para los trabajadores?
- Los empleadores tienen la facultad de decidir si dar el día libre o no a sus trabajadores.
- Los trabajadores que presten servicio en estos días percibirán el salario simple, sin adicionales.
- Si el empleador considera la jornada como no laborable, pagará la remuneración habitual a todos sus empleados.
Diferencia clave entre días no laborables y feriados
- En los feriados, los empleadores están obligados a darles el día libre a sus trabajadores.
- Los trabajadores que presten servicios durante un feriado tienen derecho a un pago doble.
feriados puente para 2025
- Viernes 2 de mayo
- Viernes 15 de agosto
- Viernes 21 de noviembre
El cambio en los puentes turísticos para 2025 genera incertidumbre entre los trabajadores, ya que dependerá de cada empresa decidir si dará el día libre o no. Esto puede afectar los planes de viaje y descanso de muchos argentinos.
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