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Abren retiros voluntarios en la TV Pública y Radio Nacional con el objetivo de recortar 300 empleos

Tras el cierre de Télam y como parte de los fuertes cambios con los que el Gobierno avanza en la TV Pública, el nuevo interventor de los medios públicos, Eduardo González, lanzó un plan de retiros voluntarios que alcanza la TV Pública y Radio Nacional.

Radio y Televisión Argentina, RTA S.E. ha dispuesto la apertura del Plan de Retiro Voluntario (PRV) dirigido a todo su personal de Televisión Pública, Radio Nacional y Canal 12 de Trenque Lauquen, arranca el comunicado con el que el Gobierno anuncia el plan de retiros fechados en julio de este año.

El procedimiento contempla dos módulos: uno específico que es para todo el personal que no esté en condición de jubilarse, y otro especial que es para el personal que se encuentre próximo a cumplir con la edad jubilatoria, aclaran.

La primera opción establece: Tener hasta cincuenta y seis (56) años, para las mujeres y sesenta y uno (61) años, en el caso de los hombres, o de las mujeres que hubieran ejercido la opción de prórroga jubilatoria.

Mientras que para la segunda, los requisitos son tener cincuenta y siete (57) o más años de edad en el caso de las mujeres, y sesenta y dos (62) o más años de edad en el caso de los hombres, o de las mujeres que hubieran ejercido la opción de prórroga jubilatoria.

«Los empleados que deseen adherirse deberán tener cumplido el requisito de la edad exigido al 30 de junio del corriente año», remarcan.

Hasta noviembre de 2022, según una respuesta del gobierno anterior a un pedido de información pública, en los medios públicos trabajaban 2409 empleados. De ese tota, 1.071 corresponden a la Televisión Pública.

Las autoridades de RTA catalogaron como «Gratificación Especial por Única Vez» al pago de una suma equivalente a tres sueldos brutos.

Y «Gratificación Especial de Pago Diferido», a una suma equivalente al 90% del sueldo bruto que proponen pagar en cuotas mensuales iguales y consecutivas por el periodo remanente desde el mes posterior a la firma y hasta el mes en que el colaborador cumple con el requisito de edad jubilatoria inclusive.

Mientras que en el segundo caso, la «Gratificación Especial por Única Vez» pagará un monto equivalente a tres sueldos brutos más el monto resultante de la suma del 20% del mejor sueldo, por cada una de las cuotas remanentes del plan.

Y con la Gratificación Especial de Pago Diferido abonarán el equivalente del 70% del sueldo bruto en cuotas mensuales iguales y consecutivas, por el periodo remanente desde el mes posterior a la firma y hasta el mes en que el colaborador cumple con el requisito de edad jubilatoria inclusive.

En otro de los puntos, remarcan que en el caso de RTA S.E. «adicionalmente podrá disponer mecanismos para proveer una cobertura médico asistencial en condiciones asimilables a la que actualmente posee el trabajador a través de acuerdos con prestadores y/u otorgamiento de un valor determinado, estimado en cada caso por un cálculo actuarial».

Y especifican que la Gratificación Especial por Única vez se pagará dentro de los 10 días hábiles después de firmado el acuerdo; y la Gratificación Especial de Pago Diferido la abonarán dentro de los primeros 5 días hábiles del mes al que corresponde cada cuota.

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