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Milei avanza con una profunda reforma del mercado laboral

La reforma laboral será reglamentada en breve, tras intensas negociaciones entre el Gobierno, empresarios y algunos sindicatos. El texto incluirá detalles sobre el fondo de cese en lugar de la indemnización, la extensión del período de prueba, el Monotributo previsional para empresas con hasta 12 empleados y la restricción del derecho a huelga en caso de bloqueos a plantas.

Los 11 puntos clave de la reglamentación de la reforma laboral de la Ley Bases son los siguientes:

Para los Empleados

1. Período de prueba: se amplía de 3 a 6 meses. Las convenciones colectivas podrán extender este período hasta 8 meses para empresas de 6 a 100 trabajadores, y hasta 1 año para pymes con hasta 5 empleados.

2. Trabajador independiente con colaboradores: se permitirá a los trabajadores independientes contratar hasta 3 colaboradores para proyectos productivos sin establecer una relación de dependencia.

3. Contratos de obra y servicios: los contratos de obra y servicios de profesionales quedarán excluidos de la Ley de Contrato de Trabajo. No se aplicará la presunción de relación de dependencia si se emiten recibos o facturas correspondientes y se paga a través de sistemas bancarios específicos.

4. Plataforma de denuncias: se creará una nueva plataforma online para denunciar irregularidades en la registración laboral.

Para las Empresas

5. Registración laboral y tercerización: la Ley Bases valida la registración del trabajador por cualquier persona o entidad involucrada. Los trabajadores serán considerados empleados directos de quienes registren la relación laboral.

6. Derechos de los trabajadores contratados por intermediarios: los trabajadores de contratistas o intermediarios podrán solicitar a la empresa principal que retenga los importes adeudados por remuneraciones, indemnizaciones u otros derechos laborales, así como los aportes a la seguridad social, sin previo aviso.

7. Monotributo previsional para pequeñas empresas: se establecerá un sistema simplificado para empresas con menos de 12 empleados, con un pago único que cubrirá todas las obligaciones laborales y de seguridad social.

8. Eliminación de multas: se eliminarán las multas por falta de registro, registro deficiente, falta de pago de indemnizaciones por despido sin causa, falta de entrega de certificados de servicios y omisión en el ingreso de aportes retenidos.

Sobre la huelga y las indemnizaciones

9. Despido con justa causa: se permitirá despedir con justa causa a quienes cometan “injurias graves”, como “intimidar a quienes no se adhieran a una huelga, obstruir el acceso a la empresa o causar daños a la propiedad”.

10. Fondo de cese: mediante convenio colectivo, se podrá sustituir la indemnización por un fondo de cese laboral. Los empleadores podrán optar por un sistema privado para el pago de indemnizaciones o pactar un monto por acuerdo mutuo. La reglamentación podría definir la posibilidad de autoaseguro por empresa.

11. Despido discriminatorio: en casos de despido discriminatorio por motivos como raza, religión, opinión política, sexo, orientación sexual, características físicas o discapacidad, la indemnización adicional oscilará entre el 50% y el 100% de la establecida por la Ley de Contrato de Trabajo, sin posibilidad de reinstalación.

12. Blanqueo laboral: se contempla la condonación de capital, intereses y multas por falta de aportes y contribuciones, con un porcentaje mínimo que aún debe definirse.

Aspectos pendientes de reglamentación

–  Fondo de cese laboral: la reglamentación debe establecer los parámetros para su funcionamiento. Aunque la adhesión al fondo es voluntaria, persisten dudas sobre su viabilidad, especialmente para industrias con baja rotación o conflicto laboral. Los gremios tendrán la posibilidad de negociar la sustitución de la indemnización por antigüedad o un acuerdo de fondo de cese.

– Trabajadores independientes con colaboradores: se espera que la reglamentación aclare el ámbito de aplicación de este régimen para evitar la relación de dependencia entre el trabajador independiente y sus colaboradores.

– Recibo de sueldo y monotributo previsional: la ley establecerá un sistema simplificado para la confección de recibos de sueldo y un nuevo Monotributo previsional para pequeñas empresas, con un pago único para todas las obligaciones laborales y de seguridad social.

El Gobierno responderá pronto a estos interrogantes con la reglamentación de la reforma laboral, abordando el fondo de cese, el período de prueba, el Monotributo previsional y las restricciones al derecho de huelga, entre otros temas.

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