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Desregulación marítima y fluvial: los cambios que impulsará el gobierno

El gobierno de Javier Milei oficializó la entrada en vigencia de la desregulación marítima y fluvial a través del Boletín Oficial, con el objetivo de conferir al sector «un mayor dinamismo, simplicidad y operatividad».

El Régimen de Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre (REGINAVE) es la nueva normativa que regirá la actividad marítima y fluvial en Argentina. A continuación, se presentan los cambios que se implementarán:

  1. Reconocimiento de principios generales de libertad económica y de contratación: Se incorporan estándares y certificaciones por Organizaciones Reconocidas y por Sociedades de Clasificación miembros de las IACS.
  2. Incorporación de estándares y certificaciones: Se permite liberar y simplificar el sector respecto a la construcción, reparación y modificación de buques, elementos de los buques construidos en Argentina o en el extranjero.
  3. Establecer la validez general de las autorizaciones de Prefectura: Sin necesidad de autorización por cada zona.
  4. Creación de un régimen simplificado para la construcción y certificación de buques: De menos de 100 t, con posibilidad de ampliarlo a más tonelaje.
  5. Certificaciones por profesionales: A partir de ahora, las certificaciones podrán ser realizadas por profesionales en el tema.
  6. Simplificación de régimen de matriculación y transferencia de buques: No será necesario el permiso del Estado para matricular o desmatricular un buque.
  7. Eliminación de obligación de contratar de serenos: Se elimina la obligación de contratar serenos para los buques.
  8. Simplificación y actualización de cuestiones de personal: Se establecen principios de libertad de contratación, digitalización de trámites y limitación del control de personal a solo por razones de seguridad.
  9. Extensión de la vigencia de las habilitaciones del personal de tierra: A cinco años o más.
  10. Limitación de la necesidad de baqueanos: Solo para cierto tipo de buques.
  11. Modernización del régimen de navegación deportiva: Se delega a Federaciones Náuticas para el otorgamiento de carnets.
  12. Extensión a 10 años de los plazos de vigencia de permisos: Para actividades comerciales con embarcaciones deportivas.
  13. Habilitación a actividades comerciales con embarcaciones deportivas: Se permite la realización de actividades comerciales con embarcaciones deportivas.
  14. Validez de certificaciones internacionales para buceo profesional: Sin necesidad de homologación de la Prefectura.
  15. Validez de certificaciones internacionales para dispersantes: Sin necesidad de homologación por la PNA.

La implementación de estos cambios busca desregular la actividad marítima y fluvial, reducir los costos y aumentar la eficiencia. Sin embargo, es importante considerar las posibles implicaciones en la soberanía nacional y los derechos laborales.

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