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Freno al DNU 70/2023: La Justicia declaró inconstitucional la quita del aporte sindical

En un golpe significativo al gobierno, la Justicia Federal declaró inconstitucionales los artículos 73 y 86 del DNU 70/2023, que eliminaban la obligatoriedad de los aportes sindicales de los trabajadores.

El Juzgado Federal N°2 de Azul, a cargo del juez Martín Brava, consideró que la disposición del ejecutivo nacional «supone un avasallamiento de las funciones exclusivas del Poder Legislativo y un apartamiento del sistema republicano instaurado en nuestra Constitución Nacional». Esta decisión surge tras el reclamo presentado por el Centro de Empleados de Comercio de Olavarría, quien argumentó que el megadecreto «modifica la letra y el espíritu de la convención colectiva que establece de manera automática el aporte solidario del trabajador».

La eliminación de la obligatoriedad de los aportes sindicales habría producido un desfinanciamiento de las entidades sindicales en general y del gremio olavarriense en particular. El dinero proveniente de las cuotas solidarias de los trabajadores mercantiles de los partidos de Olavarría y Laprida ya no ingresarían en el patrimonio de la organización gremial, lo que choca con los artículos 100 y 101 del Convenio Colectivo 130/75.

Cabe destacar que el magistrado ya había dictado una medida cautelar en marzo de 2024, donde había expresado que el DNU 70 no cumplía con las dos situaciones excepcionales que deben reunirse para asumir esta función legislativa. Estas situaciones son que sea imposible dictar la ley mediante el trámite ordinario y que la situación sea de una urgencia tal que deba ser solucionada en un plazo incompatible con el que demanda el trámite normal de las leyes.

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