CONÉCTATE CON NOSOTROS

En el octavo mes del año, doce de las dieciséis divisiones de la industria manufacturera presentaron caídas interanuales.

La producción industrial registró una baja del 7,1% en agosto respecto del mismo mes de 2019 y acumula en los primeros ocho meses del año una contracción del 12,5%, informó hoy el INDEC.

En agosto, el índice de Producción Industrial (IPI) mostró un descenso del 0,9% respecto del mes anterior, luego de tres meses de variaciones positivas en esa comparación.

En el octavo mes del año, 12 de las 16 divisiones de la industria manufacturera presentaron caídas interanuales.

Estuvieron encabezadas por la fabricación de motos y otros transportes, con 42,5%, y la elaboración de prendas de vestir y calzado con una contracción del 30,7%.

Según la encuesta que mensualmente realiza el organismo, el 26,3% de las compañías espera que el nivel de actividad aumente entre septiembre y noviembre próximos.

Otro 34,9% de las empresas estimó que el nivel de actividad no variaría y el 38,8% restante proyectó una caída en ese período.

Según el mismo relevamiento, en agosto solo 54,1% de los establecimientos industriales operó con normalidad, mientras que 45,9% operó parcialmente o no tuvo actividad productiva.

Entre las empresas que operaron parcialmente o no tuvieron actividad productiva, un 51,5% dijo que no tuvo el personal necesario por el aislamiento y 25,3% indicó que no tuvo demanda.

Entre los sectores que mostraron una reactivación en la comparación interanual figuraron la elaboración de sustancias y productos químicos con una mejora del 10,4%, la fabricación de muebles y colchones con 10,2%, la producción de tabaco un 8,0% y la de máquinas y equipos con un 5,2% de suba.

El resto de los sectores afectados fueron la fabricación de equipos e instrumentos de precisión con un 29,3%, la producción de hierro y acero con un 25,2%, textiles con una caída interanual del 19,4% y el sector automotriz con un baja del 17,0%.

Le siguieron la refinación de petróleo con una contracción del 13%, la elaboración de productos de metal con un 12,0 y la de insumos para la construcción un 7%.

Por debajo de la caída del nivel general se registraron las bajas interanuales en la producción de alimentos y bebidas con un 4,9%, de artículos de caucho y plástico con un 3,7% y la de productos de madera, papel y cartón con una contracción del 3,1%.

Continúe Leyendo

destacada

El salario mínimo en caída libre: retrocede a niveles de 2001

El salario mínimo en Argentina sufrió un fuerte retroceso en el último año, con una caída real del 28% que lo ha llevado a niveles inferiores a los de 2001, según un informe del Instituto Interdisciplinario de Economía Política (IIEP) de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA.

Esta tendencia a la baja comenzó en diciembre de 2023 con una contracción del 15%, seguida de una caída del 17% en enero de 2024. Aunque hubo cierta estabilidad en los meses posteriores, la tendencia negativa se reanudó en junio y continuó hasta octubre.

Desde 2011, cuando el salario mínimo vital y móvil (SMVM) alcanzó su punto más alto, el salario mínimo acumula una pérdida real del 60%. A pesar de la caída en el poder adquisitivo, el empleo asalariado formal se mantuvo relativamente estable, con 10,1 millones de trabajadores registrados en los sectores público, privado y de casas particulares en agosto de 2024.

El análisis fue coordinado por Roxana Maurizio y Luis Beccaria, del Área de Empleo, Distribución e Instituciones Laborales (EDIL), quienes destacaron que esta crisis salarial y laboral, agravada por la inflación, impacta directamente en el consumo y refleja un deterioro estructural que afecta tanto a los ingresos de los trabajadores como a la dinámica del mercado laboral.

En cuanto al valor actual del salario mínimo, según la Resolución 13/2024, el salario mínimo vital y móvil es de $271.571,22 para octubre de 2024.

Continúe Leyendo

destacada

«Nuevas reglas para los feriados puente: flexibilidad para las empresas, incertidumbre para los trabajadores»

El Poder Ejecutivo estableció tres días no laborables con fines turísticos, pero las empresas decidirán si dan el día libre a sus empleados.»

El gobierno de Javier Milei estableció que los días 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre serán considerados «días no laborables» en lugar de feriados. Esto significa que las empresas tendrán la libertad de decidir si darán el día libre a sus empleados o no.

En estos días, los trabajadores que presten servicio recibirán el salario simple, sin adicionales. Si el empleador considera la jornada como no laborable, pagará la remuneración habitual a todos sus empleados. Esto es diferente a los feriados, donde los empleadores están obligados a darles el día libre a sus trabajadores y abonar un pago doble a quienes trabajen ese día.

La ley 27.399 faculta al gobierno a fijar hasta tres días feriados o no laborables con fines turísticos. El objetivo es promover la actividad turística y crear fines de semana largos «extra-largos». Por ejemplo, en mayo de 2025, habrá un lapso de cuatro días no laborables entre el jueves 1° y el domingo 4.

¿Qué implica para los trabajadores?

  • Los empleadores tienen la facultad de decidir si dar el día libre o no a sus trabajadores.
  • Los trabajadores que presten servicio en estos días percibirán el salario simple, sin adicionales.
  • Si el empleador considera la jornada como no laborable, pagará la remuneración habitual a todos sus empleados.

Diferencia clave entre días no laborables y feriados

  • En los feriados, los empleadores están obligados a darles el día libre a sus trabajadores.
  • Los trabajadores que presten servicios durante un feriado tienen derecho a un pago doble.

feriados puente para 2025

  • Viernes 2 de mayo
  • Viernes 15 de agosto
  • Viernes 21 de noviembre

El cambio en los puentes turísticos para 2025 genera incertidumbre entre los trabajadores, ya que dependerá de cada empresa decidir si dará el día libre o no. Esto puede afectar los planes de viaje y descanso de muchos argentinos.


Continúe Leyendo

destacada

Reforma Laboral: JxC avanza para limitar indemnizaciones y facilitar despidos

La Coalición Juntos por el Cambio (JxC) impulsa una reforma a la Ley de Contrato de Trabajo que busca limitar las actualizaciones de las indemnizaciones laborales por inflación. Este proyecto, apoyado por la Unión Cívica Radical (UCR), el PRO y la Coalición Cívica, responde a las demandas de las cámaras empresariales para frenar lo que denominan «la industria del juicio» ¹.

¿Qué implica la reforma?

La propuesta establece una fórmula que combina el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC con una tasa de interés anual del 3%. Esto significa que las indemnizaciones laborales no podrán superar los límites del IPC más el 3% anual. La reforma afectará tanto los juicios pendientes como los concluidos sin pago.

La Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados, presidida por Martín Tetaz, aprobó tres dictámenes sobre la reforma. Sin embargo, aún debe pasar por la Comisión de Finanzas, liderada por Bertie Benegas Lynch (La Libertad Avanza), antes de llegar al recinto.

Las cámaras empresarias celebran el avance, argumentando que la litigiosidad laboral es un obstáculo para el desarrollo de empleos de calidad. Sin embargo, los críticos advierten que esta limitación podría perjudicar a los trabajadores en un contexto de alta inflación. Las ART sugieren que un cambio estructural requiere la implementación de Cuerpos Médicos Forenses en todas las provincias.

¿Qué sigue?

El proyecto podría demorarse hasta 2025 si no se incluye en sesiones extraordinarias. Mientras tanto, la UART reporta un aumento del 7,6% en los juicios por riesgos del trabajo en los primeros diez meses de 2024, con 105.960 casos registrados.

Continúe Leyendo

Tendencias