CONÉCTATE CON NOSOTROS

El proyecto lo impulsa un legislador salteño del oficialismo. Está destinado a quienes tengan los 30 años de aportes.

El diputado nacional de Salta por el Frente de Todos y actual presidente de la comisión de Legislación General, Lucas Godoy, presentó un proyecto de ley para que el personal de salud perciba una jubilación con el 82% móvil de los sueldos que cobraba cuando se encontraba en actividad.

Según la propuesta del legislador oficialista, podrán acceder a este sistema previsional las mujeres que tengan 60 años y los hombres que tengan 65 años, con 30 años de aportes, de los cuales 15 deben haber sido dentro del sistema público de salud dependiente del Sistema del Estado Nacional, de Gobiernos provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La iniciativa impulsada por Godoy pretende equiparar el régimen jubilatorio de los empleados de la salud con los docentes, jueces, personal de Cancillería, y científicos, entre otros, y la movilidad del haber se aplicará cada vez que varíe, para el personal en actividad, la remuneración que se tuvo en cuenta para determinar el haber de la jubilación.

Algunas medidas enunciadas por el diputado salteño serán que si un trabajador desempeña su tarea en un establecimiento de ubicación desfavorable, se computarán cuatro años por cada tres de servicios efectivos.

Además, uno de los requisitos que el trabajador deberá tener para cobrar el 82% móvil del sueldo mensual del cargo que tuviera en el momento de concluir en el cargo que venía desempeñando, es que lo hubiera ejercido en los últimos dos años.

En tanto, para aquellos servicios prestados por trabajadores en la pandemia “se computará el doble por cada mes y/o años de servicios trabajados bajo la emergencia sanitaria declarada por Ley 27.541 y los decretos Números 260/2020 y 167/2021” .

“Este proyecto que presentamos viene también como medida complementaria, a promover la localización de profesionales en nuestras provincias del Norte Grande que son las que mas sufren la falta de profesionales y personal de enfermería; y a su vez, estimular la relocalización en el interior de cada una de ellas, que es el otro inconveniente que existe hacia adentro”, explicó Godoy.

Continúe Leyendo

destacada

El salario mínimo en caída libre: retrocede a niveles de 2001

El salario mínimo en Argentina sufrió un fuerte retroceso en el último año, con una caída real del 28% que lo ha llevado a niveles inferiores a los de 2001, según un informe del Instituto Interdisciplinario de Economía Política (IIEP) de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA.

Esta tendencia a la baja comenzó en diciembre de 2023 con una contracción del 15%, seguida de una caída del 17% en enero de 2024. Aunque hubo cierta estabilidad en los meses posteriores, la tendencia negativa se reanudó en junio y continuó hasta octubre.

Desde 2011, cuando el salario mínimo vital y móvil (SMVM) alcanzó su punto más alto, el salario mínimo acumula una pérdida real del 60%. A pesar de la caída en el poder adquisitivo, el empleo asalariado formal se mantuvo relativamente estable, con 10,1 millones de trabajadores registrados en los sectores público, privado y de casas particulares en agosto de 2024.

El análisis fue coordinado por Roxana Maurizio y Luis Beccaria, del Área de Empleo, Distribución e Instituciones Laborales (EDIL), quienes destacaron que esta crisis salarial y laboral, agravada por la inflación, impacta directamente en el consumo y refleja un deterioro estructural que afecta tanto a los ingresos de los trabajadores como a la dinámica del mercado laboral.

En cuanto al valor actual del salario mínimo, según la Resolución 13/2024, el salario mínimo vital y móvil es de $271.571,22 para octubre de 2024.

Continúe Leyendo

destacada

«Nuevas reglas para los feriados puente: flexibilidad para las empresas, incertidumbre para los trabajadores»

El Poder Ejecutivo estableció tres días no laborables con fines turísticos, pero las empresas decidirán si dan el día libre a sus empleados.»

El gobierno de Javier Milei estableció que los días 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre serán considerados «días no laborables» en lugar de feriados. Esto significa que las empresas tendrán la libertad de decidir si darán el día libre a sus empleados o no.

En estos días, los trabajadores que presten servicio recibirán el salario simple, sin adicionales. Si el empleador considera la jornada como no laborable, pagará la remuneración habitual a todos sus empleados. Esto es diferente a los feriados, donde los empleadores están obligados a darles el día libre a sus trabajadores y abonar un pago doble a quienes trabajen ese día.

La ley 27.399 faculta al gobierno a fijar hasta tres días feriados o no laborables con fines turísticos. El objetivo es promover la actividad turística y crear fines de semana largos «extra-largos». Por ejemplo, en mayo de 2025, habrá un lapso de cuatro días no laborables entre el jueves 1° y el domingo 4.

¿Qué implica para los trabajadores?

  • Los empleadores tienen la facultad de decidir si dar el día libre o no a sus trabajadores.
  • Los trabajadores que presten servicio en estos días percibirán el salario simple, sin adicionales.
  • Si el empleador considera la jornada como no laborable, pagará la remuneración habitual a todos sus empleados.

Diferencia clave entre días no laborables y feriados

  • En los feriados, los empleadores están obligados a darles el día libre a sus trabajadores.
  • Los trabajadores que presten servicios durante un feriado tienen derecho a un pago doble.

feriados puente para 2025

  • Viernes 2 de mayo
  • Viernes 15 de agosto
  • Viernes 21 de noviembre

El cambio en los puentes turísticos para 2025 genera incertidumbre entre los trabajadores, ya que dependerá de cada empresa decidir si dará el día libre o no. Esto puede afectar los planes de viaje y descanso de muchos argentinos.


Continúe Leyendo

destacada

Reforma Laboral: JxC avanza para limitar indemnizaciones y facilitar despidos

La Coalición Juntos por el Cambio (JxC) impulsa una reforma a la Ley de Contrato de Trabajo que busca limitar las actualizaciones de las indemnizaciones laborales por inflación. Este proyecto, apoyado por la Unión Cívica Radical (UCR), el PRO y la Coalición Cívica, responde a las demandas de las cámaras empresariales para frenar lo que denominan «la industria del juicio» ¹.

¿Qué implica la reforma?

La propuesta establece una fórmula que combina el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC con una tasa de interés anual del 3%. Esto significa que las indemnizaciones laborales no podrán superar los límites del IPC más el 3% anual. La reforma afectará tanto los juicios pendientes como los concluidos sin pago.

La Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados, presidida por Martín Tetaz, aprobó tres dictámenes sobre la reforma. Sin embargo, aún debe pasar por la Comisión de Finanzas, liderada por Bertie Benegas Lynch (La Libertad Avanza), antes de llegar al recinto.

Las cámaras empresarias celebran el avance, argumentando que la litigiosidad laboral es un obstáculo para el desarrollo de empleos de calidad. Sin embargo, los críticos advierten que esta limitación podría perjudicar a los trabajadores en un contexto de alta inflación. Las ART sugieren que un cambio estructural requiere la implementación de Cuerpos Médicos Forenses en todas las provincias.

¿Qué sigue?

El proyecto podría demorarse hasta 2025 si no se incluye en sesiones extraordinarias. Mientras tanto, la UART reporta un aumento del 7,6% en los juicios por riesgos del trabajo en los primeros diez meses de 2024, con 105.960 casos registrados.

Continúe Leyendo

Tendencias