La Cámara del Trabajo confirmó que la Reforna Laboral de la ley Bases no se debe aplicar de forma retroactiva
La reforma laboral de la llamada Ley Bases incluye la eliminación de multas que presionaban al empleador para que registrara a sus empleados y pagara las indemnizaciones a los trabajadores que dejaba en la calle. Ahora, en el marco de un juicio laboral, la Cámara de Apelaciones del Trabajo rechazó su aplicación retroactiva, es decir, si los hechos fueron previos a la entrada en vigencia de la norma, la parte empleadora debe pagar las multas contempladas por las leyes vigentes en ese momento.
La Sala II de la Cámara de Apelaciones del Trabajo rechazó la aplicación retroactiva de la ley de Bases. En la causa «Cordini Juncos, Martín Alejandro y otros c/ Comisión Nacional de Regulación de Transporte s/ despido», la jueza Andrea García Vior, con la adhesión de José Alejandro Sudera, señaló que “el derecho al cobro de las indemnizaciones y agravamientos indemnizatorios reclamados en función de las leyes 25.323 y 25.345 ha quedado perfeccionado en el caso con notoria anterioridad a la entrada en vigencia de la nueva normativa, por lo que, siendo la sentencia emitida al respecto declarativa y no constitutiva de derechos, se ha aplicado al presente la normativa vigente al tiempo de sucederse los hechos sometidos a juzgamiento”.
Es decir, el tribunal de apelaciones marca que la llamada ley de Bases no se aplica a los juicios en curso, iniciados con anterioridad a la sanción de dicha ley, en base “a lo normado por el Art 7 CCC (Código Civil y Comercial) y al principio de irretroactividad”, según el abogado Nicolás Schick.
La Ley Bases (Nº 27.742) derogó todas las multas y/o indemnizaciones por falta de registro o registro deficiente de la relación laboral. También quedaron derogadas la multas por registración irregular y por falta de pago de las indemnizaciones por despido sin causa y las multas relativas a la falta de entrega de los certificados de servicios y remuneraciones y la omisión del ingreso de los aportes retenidos al trabajador.
La aplicación de la ley Bases en los juicios laborales iniciados con anterioridad a la sanción de la norma disparó interpretaciones y sentencias opuestas en la Justicia de primera instancia. Por eso la importancia de la definición de la Cámara de Apelaciones del Trabajo.
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«Nuevas reglas para los feriados puente: flexibilidad para las empresas, incertidumbre para los trabajadores»
El Poder Ejecutivo estableció tres días no laborables con fines turísticos, pero las empresas decidirán si dan el día libre a sus empleados.»
El gobierno de Javier Milei estableció que los días 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre serán considerados «días no laborables» en lugar de feriados. Esto significa que las empresas tendrán la libertad de decidir si darán el día libre a sus empleados o no.
En estos días, los trabajadores que presten servicio recibirán el salario simple, sin adicionales. Si el empleador considera la jornada como no laborable, pagará la remuneración habitual a todos sus empleados. Esto es diferente a los feriados, donde los empleadores están obligados a darles el día libre a sus trabajadores y abonar un pago doble a quienes trabajen ese día.
La ley 27.399 faculta al gobierno a fijar hasta tres días feriados o no laborables con fines turísticos. El objetivo es promover la actividad turística y crear fines de semana largos «extra-largos». Por ejemplo, en mayo de 2025, habrá un lapso de cuatro días no laborables entre el jueves 1° y el domingo 4.
¿Qué implica para los trabajadores?
- Los empleadores tienen la facultad de decidir si dar el día libre o no a sus trabajadores.
- Los trabajadores que presten servicio en estos días percibirán el salario simple, sin adicionales.
- Si el empleador considera la jornada como no laborable, pagará la remuneración habitual a todos sus empleados.
Diferencia clave entre días no laborables y feriados
- En los feriados, los empleadores están obligados a darles el día libre a sus trabajadores.
- Los trabajadores que presten servicios durante un feriado tienen derecho a un pago doble.
feriados puente para 2025
- Viernes 2 de mayo
- Viernes 15 de agosto
- Viernes 21 de noviembre
El cambio en los puentes turísticos para 2025 genera incertidumbre entre los trabajadores, ya que dependerá de cada empresa decidir si dará el día libre o no. Esto puede afectar los planes de viaje y descanso de muchos argentinos.
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Reforma Laboral: JxC avanza para limitar indemnizaciones y facilitar despidos
La Coalición Juntos por el Cambio (JxC) impulsa una reforma a la Ley de Contrato de Trabajo que busca limitar las actualizaciones de las indemnizaciones laborales por inflación. Este proyecto, apoyado por la Unión Cívica Radical (UCR), el PRO y la Coalición Cívica, responde a las demandas de las cámaras empresariales para frenar lo que denominan «la industria del juicio» ¹.
¿Qué implica la reforma?
La propuesta establece una fórmula que combina el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC con una tasa de interés anual del 3%. Esto significa que las indemnizaciones laborales no podrán superar los límites del IPC más el 3% anual. La reforma afectará tanto los juicios pendientes como los concluidos sin pago.
La Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados, presidida por Martín Tetaz, aprobó tres dictámenes sobre la reforma. Sin embargo, aún debe pasar por la Comisión de Finanzas, liderada por Bertie Benegas Lynch (La Libertad Avanza), antes de llegar al recinto.
Las cámaras empresarias celebran el avance, argumentando que la litigiosidad laboral es un obstáculo para el desarrollo de empleos de calidad. Sin embargo, los críticos advierten que esta limitación podría perjudicar a los trabajadores en un contexto de alta inflación. Las ART sugieren que un cambio estructural requiere la implementación de Cuerpos Médicos Forenses en todas las provincias.
¿Qué sigue?
El proyecto podría demorarse hasta 2025 si no se incluye en sesiones extraordinarias. Mientras tanto, la UART reporta un aumento del 7,6% en los juicios por riesgos del trabajo en los primeros diez meses de 2024, con 105.960 casos registrados.
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UOCRA logra aumento Salarial del 12,48% más bono de $150.000
La Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) consiguió un importante acuerdo salarial con las cámaras empresarias, beneficiando a miles de trabajadores del sector.
La UOCRA, liderada por Gerardo Martínez, anunció un aumento para el trimestre octubre-diciembre, además de un bono no remunerativo de $150.000.
El entendimiento establece un incremento salarial del 4% en octubre, un 4% en noviembre y un 4% en diciembre, con carácter acumulativo, que determina una suba total del 12,48% en el trimestre.
El acuerdo incluye la creación de una comisión bipartita para revisar los convenios vigentes, integrada por tres representantes de cada sector. El pacto deberá ser refrendado por la Secretaría de Trabajo mediante la homologación correspondiente.
Este logro es un importante paso hacia la mejora de las condiciones laborales y salariales de los trabajadores del sector de la construcción en Argentina.
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